| El
descomunal crecimiento demográfico de la República Popular China hizo que su gobierno
pusiera en marcha una serie de medidas para el control de la natalidad, entre las que se
encontraba la denominada "política de un solo hijo".
La conjunción de este factor y otros de índole cultural hizo
que miles de menores, fundamentalmente niñas, fueran abandonadas en orfanatos que, en
muchos casos, no reúnen las condiciones mínimas necesarias para el buen desarrollo
físico y afectivo de los niños.
No hay de momento alternativa para ellos. La situación
económica del país no permite aventurar cambios significativos y sólo los que
encuentran una familia adoptiva fuera de su país y los más fuertes, sobreviven a esas
duras condiciones.
La seriedad y el rigor.
Desde que en 1995 se formalizara la primera
adopción de un menor de la República Popular China por una familia española, las
autoridades de este país han actuado con una seriedad y un rigor dignos de valorar cuando
estamos hablando de un proceso de estas características.
Los expedientes reciben un número al entrar en el Centro Chino
de adopciones (CCAA) y sus responsables siguen rigurosamente ese orden a la hora de
realizar los ofrecimientos.
Una vez que llega la hora de viajar a recoger a vuestro/a hijo/a,
el CCAA ha dado las oportunas instrucciones al orfanato, el registro civil y la notaría,
para que tengan preparado todo el papeleo. De esta manera no hay esperas innecesarias en
el país, lo que prolongaría la estancia y encarecería los costes de la adopción.
Los plazos
Esta es una razón más prosaica, pero no por ello
despreciable. Cuando uno se decide a dar este importante paso, lo que quiere es tener
cuanto antes a su hijo/a en casa, máxime cuando sabemos las condiciones en las que puede
estar pasando sus primeros años de existencia.
En la República Popular China, desde que se completan los
trámites necesarios en España, se reúne la documentación y el expediente llega al
centro de adopciones, el plazo para recibir el ofrecimiento de vuestro/a hijo/a es,
actualmente (noviembre de 2006) de 14 - 15 meses. Es decir, que si vuestro expediente
llegó
al CCAA en agosto de 2005, la foto, el informe médico y la carta de ofrecimiento con todos
los datos del menor, llegaría a vuestras manos en noviembre de 2006.
Hay que señalar que estos datos son los actuales,
habiengo fluctuado a lo largo de los años entre una espera de 6 meses,
hasta periodos en los que la espera se ha alargado hasta los 16 meses.
La estancia
Y puestos a mirar por el tiempo, la República Popular
China ofrece otra ventaja importantísima: el tiempo necesario para formalizar los
trámites de la adopción oscila entre los 12 y los 14 días como máximo y sólo es
necesario un viaje.
Nada de largas estancias de uno, dos e incluso tres meses, ni de
viajar hasta tres y cuatro veces para poder traerte a tu hijo como ocurre en otros
países.
Una ventaja añadida porque no todos podemos disponer del tiempo
y del dinero necesario para afrontar los gastos que generan estancias prolongadas y viajes
reiterados al otro confín del mundo.
Desde el mismo día en que llegamos a la R.P. China, o a lo sumo
al día siguiente a la llegada, nos entregan al que es nuestro/a hijo/a. Permanece desde
ese momento con nosotros y junto con él realizamos los trámites administrativos
necesarios para concluir su adopción.
Toda esta tramitación la realizamos acompañados de guías de
habla castellana. Ellos nos reciben en el aeropuerto de
Beijing y su misión concluye cuando nos dejan a bordo del avión que nos traerá a
España, junto con un miembro más de la familia, nuestro/a hijo/a.
El protocolo público
La adopción en la República Popular China tiene,
finalmente, lo que nos parece también una característica específica muy positiva: se
puede realizar por el protocolo público, a través de la administración y sin necesidad
de que intervenga una ECAI (Entidad Colaboradora para la Adopción Internacional). Estas
ECAIs suponen una ventaja porque resuelven el tema del papeleo, pero encarecen el proceso
aun cuando deben actuar sin ánimo de lucro.
En China, conociendo el camino (y para esos estamos nosotros) es
relativamente sencillo realizar individualmente todos los trámites.
Desde ANDENI también os informamos y asesoramos sobre todo lo
relativo al viaje y la estancia y sin ningún coste adicional. Si vosotros lo queréis, lo
organizamos con el resto de las parejas que viajan cada mes.
Algunas características especiales
La adopción en China tiene, como en cada país, otras
características específicas que conviene conocer:
1º. - La edad mínima requerida para formalizar una adopción es
de 30 años (en el caso de las parejas los dos deben haber cumplido esa edad) y la máxima
de 55, aunque en una pareja siempre se tendrá en cuenta al cónyuge de menor edad.
2º. - China no acepta adopciones por parejas de hecho. Hay que
estar casado para poder hacerlo.
3º. - Sí pueden adoptar personas solteras, separadas,
divorciadas y viudas individualmente, tanto hombres como mujeres. En el caso de ser
varón, la Ley China dice que tiene que haber una diferencia mínima de 40 años con el
menor adoptado si fuese una niña. En este momento (noviembre de 2006) las adopciones por
parte de familias monoparentales se limitan al 8% del total de expedientes
enviados por cada Comunidad Autónoma.
4º. - La posibilidad de adoptar dos menores al mismo
tiempo es realmente muy reducida. Sólo se darán dos menores en adopción si hay
pruebas fehacientes de que son hermanos. Hay que tener en cuenta que la mayor parte de los
menores que se encuentran en los orfanatos chinos son niños abandonados, por lo que es
difícil el precisar si dos niños son hermanos.
5º. -La adopción en la R.P.China es administrativa y no
judicial, eso implica que no hay que pasar por ningún tipo de juicio y es un notario el
que da fe de la adopción. Al mismo tiempo la adopción es plena, es
decir irrevocable. Los/as niños/as son inscritos en el Registro Civil de la Embajada de
España en Beijing y en el Libro de Familia como vuestros hijos, sin que sea necesario
ningún procedimiento administrativo o judicial una vez que se regresa a España.
6º. - El Centro Chino de Adopciones abrió a comienzos del
año 2001 lo que denomina "la vía verde o vía rápida",
destinada a aquellas familias que quieran adoptar un menor de más de 3 años para las
familias de menos de 45 años, o mayor de 6 años para aquelas familias que superen esta
edad o para aquellas familias que deseen adoptar niños con alguna discapacidad física
leve. Esto supone rebajar el plazo de espera de la asignación y que la donación al
orfanato sea de 2.000 dólares en lugar de los 3.000 dólares actuales. En todo caso los
interesados en esta vía deben comunicárnoslo antes de remitir el expediente a China,
para hacer las gestiones oportunas con el Centro Chino de Adopciones.
Si queréis conocer más con más detalle alguno de los
puntos anteriores podéis acudir a la traducción no oficial de la página del CCAA realizada por AFAC.
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