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TRAMITACIÓN DESDE CASTILLA Y LEÓN

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     En este apartado iremos indicando los pasos que en cada momentos tenéis que dar para lograr lo que más estáis deseando: adoptar un menor en la República Popular China.
    
Es necesaria la colaboración de todos para que esta sección esté siempre actualizada. Cualquier cambio que detectes, por mínimo que sea, dínoslo. Esto hará que muchas familias se vean favorecidas.
     A continuación se irán describiendo todos y cada uno de los pasos que hay quedar en nuestro proceso de adopción. Si queréis bajaros directamente el dossier para la tramitación de los diferentes documentos podeís hacerlo picando aquí (formato word, 84 k). Tambíen necesitaréis el anexo económico y el anexo médico, que podréis descargar picando en ambos enlaces
      Si queréis conocer los gastos que ocasiona el proceso de adopción de un menor en la R. P. China, podéis acceder a la página desde aquí.
     Pasos para realizar una adopción en la R.P.China:
     Paso 1. Conocer los requisitos legales.
     Paso 2. Obtener el Certificado de idoneidad.
     Paso 3. Preparar el expediente de adopción.
     Paso 4. Seguimiento hasta su llegada al Centro de Adopciones.
     Paso 5. Es el momento de tener paciencia.
     Paso 6. Llega nuestra asignación.
     Paso 7. Organizamos nuestro viaje.
     Paso 8. Llegamos a la R.P. China.
     Paso 9. Por fin estamos en casa
     CONOCER LOS REQUISITOS LEGALES

           El proceso de adopción de un menor en el extranjero está regulado tanto por las leyes españolas como por las del país de origen del menor, en este caso las de la R. P. China.

            En España
            - El artículo 175 del Código Civil dice:
            1. La adopción requiere que el adoptante tenga 25 años. En la adopción por ambos cónyuges basta que uno de ellos haya alcanzado dicha edad. En todo caso el adoptante habrá de tener al menos 14 años más que el adoptado.
            2. Únicamente podrán ser adoptados los menores no emancipados. Por excepción será posible la adopción de un mayor de edad o de un menor emancipado cuando inmediatamente antes de la emancipación hubiere existido una situación no interrumpida de acogimiento o convivencia iniciada antes de que el adoptado hubiere cumplido los catorce años.

            - En Castilla y León se aprobaron en mayo de 2005 dos nuevos decretos que regirán tanto el funcionamiento de las ECAIs, como el de los procesos de adopción. Estos decretos se han publicado en el BOCYL del jueves 19 de mayo de 2005.
     Si queréis conocerlos acceder a los siguientes enlaces de ficheros en pdf
     Decreto 37/2005 por el que se regulan los procedimientos administrativos y otras actuaciones complementarias en relacion con la adopción de menores.
     Decreto 38/2005 por el que se regula la acreditación y funcionamiento de las entidades colaboradoras con funciones de mediación en materia de adopción internacional.

            En la R. P. China
         Tenemos que tener en cuenta las siguientes disposiciones legales:
            - Ley de adopción de la República Popular China de 1 de abril de 1992.
            - Medidas para la adopción de niños por extranjeros en la R. P. China promulgada por el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Asuntos Civiles el 10 de noviembre de 1993.
            - Nuevas disposiciones en vigor desde el 1 de abril de 1999 (traducción no oficial realizada por AFAC)
            - Nuevo standard en la documentación en vigor desde el 1 de febrero de 2001 (traducción no oficial realizada por AFAC)
            - Normas y procedimientos en vigor a 1 de agosto de 2001 (traducción no oficial realizada por AFAC)
            En estas disposiciones, se indican como criterios para los adoptantes los siguientes:
            - Tener 30 años en el momento de la asignación del menor
            - Pueden adoptar tanto parejas con o sin hijos, como personas solas (solteras, viudas o divorciadas).
            - No se permite la adopción por parte de parejas de hecho, en este caso, uno de los miembros de la pareja podrá adoptar como soltero.
            - En el caso de las personas solteras, se indica que si el que adopta es un hombre y quiere adoptar una niña, tendrá que ser 40 años mayor que la menor asignada.
             - Para las familias monoparentales hay un cupo establecido del 8% del total de expedientes tramitados
            - Sólo se puede adoptar un menor, a excepción de aquellos casos en que se asignen grupos de hermanos, cosa poco habitual en la R. P. China.
            - En Castilla y León, para iniciar el proceso de adopción de un segundo hijo, hay que dejar pasar 9 meses desde la adopción del primero o desde el nacimiento de un hijo biológico.

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     OBTENER EL CERTIFICADO DE IDONEIDAD

Una vez que hemos decidido realizar la adopción del que meses más tarde va a ser nuestro/a hijo/a, lo primero que tenemos que hacer es realizar la solicitud de adopción. Para ello hay que dirigirse a los SERVICIOS TERRITORIALES DE SANIDAD Y BIENESTAR SOCIAL de la Junta de Castilla y León. Allí os entregarán un impreso, la solicitud de adopción, en el cual debéis indicar aspectos tales como el país en el que vais a realizar la adopción, el tipo de centro al que os dirigís (público o privado), si la valoración para obtener el certificado de idoneidad la vais a realizar por la vía pública o la vía privada, si utilizaréis o no los servicios de una ECAI (Entidad Colaboradora en Adopción Internacional), etc.... Así mismo, debéis firmar un escrito con el que os comprometéis a realizar los seguimientos que solicite el país de origen del menor (en el caso de la R.P. China son 2, el primero a los seis meses de llegar y el segundo al año).
     Como veis, en este primer momento tenéis que tomar varias decisiones, vamos a tratar de explicarlas:
     1- Valoración pública o privada
     2- Utilizar ECAI o adoptar "por libre"

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     PREPARAR EL EXPEDIENTE DE ADOPCIÓN

     El expediente de adopción es el conjunto de los documentos personales que debéis aportar para proceder a la adopción de un menor en la R.P.China. En este punto trataremos de guiaros por los distintos pasos que tenéis que dar con cada uno de los documentos que generáis. Si tenéis alguna duda, poneos en contacto con nosotros y trataremos de ayudaros.
     Un expediente de adopción para la R.P.China consta de los siguientes documentos:

    
      INFORME PSICOSOCIAL
     CERTIFICADO DE IDONEIDAD
     CERTIFICADO DE NACIMIENTO
     CERTIFICADOS DE MATRIMONIO, DIVORCIO, DEFUNCIÓN O FE DE VIDA
     CERTIFICADO MÉDICO
     CERTIFICADO DE PENALES
     CERTIFICADO DE TRABAJO
     DECLARACION DE NO HOMOSEXUALIDAD
     SOLICITUD DE ADOPCIÓN
     DECLARACIÓN DEL TUTOR
     ANEXO ECONÓMICO
     CHEQUES BANCARIOS
     FOTOS Y PASAPORTE

     Es conveniente ir juntando los documentos que lleven más o menos el mismo camino a la hora de la legalizacion de las firmas con el fin de ahorrar paseos innecesarios.
     Una vez que hemos visto qué hay que hacer con cada uno de los documentos y su trámite de legalización, hay que tener en cuenta que después de pasarlos todos por el Ministerio de Asuntos Exteriores, hay que llevarlos a la Embajada de la R.P.China en Madrid para autenticarlos y posteriormente entregarlos en nuestra Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León.
     La forma de hacerlo la podéis encontrar aquí. 

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SEGUIMIENTO HASTA SU LLEGADA AL CENTRO DE ADOPCIONES

    Una vez que hemos completado nuestro expediente y lo hemos entregado en la Delegación correspondiente de la Junta de Castilla y León, es conveniente hacer un seguimiento de su recorrido hasta que llega al centro de adopciones (CCAA) en China, con el fin de evitar paradas y retrasos injustificados.
     Si accedéis a esta nueva página, encontraréis los teléfonos y las direcciones en las que nos informarán sobre la situación de nuestro expediente.

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ES EL MOMENTO DE TENER PACIENCIA

                Una vez que vuestro expediente ha llegado al centro de adopciones (CCAA), tenéis en vuestro poder el número que os corresponde y la fecha de entrada en dicho centro. Hacédnoslo llegar y os pondremos en contacto con familias de Castilla y León con las que vais a viajar.
                Vuestra tarea ya ha concluido. Todo aquello que teníais que hacer, ya lo habéis hecho y ahora todo depende de las autoridades de la R. P. China.
                 En la actualidad (agosto de 2001) el tiempo de espera desde la entrada de nuestro expediente en el CCAA hasta la llegada de nuestra asignación, es de 12 meses, aunque el propio centro de adopciones ha comunicado que este plazo se puede ampliar hasta los 14-15 meses.
                Hay que tomarlo con calma y relajarse. De nada sirve el agobiarse, porque con ello no vamos a conseguir adelantar nuestra asignación.
                Para que este tiempo se os haga más llevadero, os sugerimos una serie de cosas que podéis hacer:
                - Contactar con nosotros
                - Participar en los encuentros que realizamos a lo largo del año, en las celebraciones de las asignaciones, en la comida del Año Nuevo Chino,....
                - Podéis utilizar el material que aparece en nuestra bibliografía para conocer mejor el país y la cultura de nuestro/a futuro/a hijo/a o aquello que rodea al mundo del niño y de la adopción.
                - Hablar con las familias que se encuentran en vuestra misma situación y con aquellas que poseen números cercanos al vuestro y con los que seguramente viajéis. Para ello os podéis apuntar en las listas que aparecen en la siguiente página:               
                                                       http://www.afac.net/listas/

                - También podéis participar en los diversos foros de debate sobre adopción, por ejemplo en las listas de AFAC, donde encontraréis las listas adopchina y adoptemas. La dirección de acceso es la misma que la que aparece en el punto anterior.
                - Durante este tiempo podéis colaborar con ANDENI en la organización de los encuentros o sugiriendo actividades o informando a las familias que quieran iniciar una adopción en la R. P. China.
                - Nuestro boletín está abierto a vuestra participación, esperamos que nos mandéis vuestros sentimientos, dudas, críticas, informaciones, libros, .....
                Como veis hay un amplio abanico de posibilidades para pasar este período de tiempo. Ánimo que la espera tiene su recompensa.

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LLEGA NUESTRA ASIGNACIÓN

                 Una vez que nuestro expediente ha pasado por todos y cada uno de los departamentos del centro de adopciones, llega el momento más esperado desde que decidimos adoptar: TENEMOS NUESTRA ASIGNACIÓN.
                El conducto oficial de comunicación de las asignaciones, para aquellos que tramitáis a través de la administración, es el siguiente:
                El centro de adopciones (CCAA) comunica a la Embajada de España en Beijing que tiene asignaciones para las familias. Nuestra Embajada las recoge y las envía vía fax al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (Amelia Conde). Desde aquí se distribuyen a las comunidades autónomas y estas las hacen llegar a los felices padres.
                Normalmente todo este proceso, en Castilla y León, se suele producir en el mismo día, es decir que a mediodía tenemos los primeros datos de la que es nuestro/a hijo/a.
                Posteriormente, vía valija diplomática, se recibe el original, ya con las fotos. El proceso es el mismo.
                Si vuestro trámite ha sido a través de agencia (ECAI), esta recibe directamente desde el CCAA, la asignación, después tiene que enviarla a la Gerencia de Servicios Sociales de la Junta de Castilla y León, quien dará el visto bueno y llegará a los padres.
                Con vuestra asignación, llegará un certificado médico que contiene los siguientes datos: nombre, edad, sexo, orfanato y provincia en la que se encuentra, fecha en la que se ha hecho el informe médico y datos relativos al peso, talla, diámetros de cabeza y torácico, situación de la vista, oído, pulmones,.... Al final os aparece un diagnóstico que generalmente indica que su estado de salud es “normal”.
                 Antes de sacar conclusiones es conveniente que os fijéis la fecha en la que está hecho el informe médico y la edad que le corresponde al menor en ese momento.
                 A través de la agencia con la que vayáis a viajar se puede pedir un informe médico más actualizado o que haga hincapié en lo que consideréis más oportuno.
                 Una vez que habéis recibido el documento original, debéis remitirlo firmado lo antes posible al centro chino de adopciones cuya dirección es:

                                   CHINA CENTRE FOR ADOPTIONS AFFAIRS  
                                   Nº 7 BAIGUANG ROAD
                                   ZHONGMIN BUILDING
                                   XUANWU DISTRICT
                                   BEIJING, 100053 R. P. CHINA

Con el fin de facilitar al máximo los trámites que se realicen en China con la documentación de vuestra hija, cuando enviáis la carta de aceptación es conveniente indicar de forma clara el nombre que vuestro/a hijo/a va a tener en España. De esta manera en todos los documentos notariales que se generen figurará este dato.
         Aproximadamente un mes después de haber recibido la asignación, el gobierno chino emite la “invitación oficial para viajar”. Este documento es necesario para llevar a buen término la adopción. No se puede viajar si no tenemos este documento.
         Si hemos realizado nuestra tramitación por libre, la invitación nos la puede recoger la agencia con la que viajemos. Si por el contrario hemos realizado nuestra tramitación a través de ECAI, debemos esperar a que dicho documento llegue a España.        

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ORGANIZAMOS NUESTRO VIAJE

                Una vez que tenemos nuestra asignación en la mano, hay que preparar el viaje. Aunque este es el momento en el que se concretan todo, seguramente llevamos varios meses con este preparativo. Como os hemos comentado en el punto 5, a estas alturas seguro que ya habéis hablado decenas de veces con los que serán vuestros compañeros de viaje.
                Ya sabemos el lugar al que vamos y casi tenemos la fecha concreta. Ahora tenemos dos opciones: organizar el viaje por nuestra cuenta o dejarlo en manos de ANDENI.
                Si optamos porque nos lo organice ANDENI, podemos contactar con las oficinas de Madrid en el teléfono 91-4298316 o en el fax 91-4200131. El horario de atención al público es el siguiente: lunes – miércoles y viernes de 17 a 20 horas, mientras que los martes y los jueves es de 12 a 14 horas.
                Si optamos por esta vía, tenemos que tener en cuenta que ANDENI no es una agencia de viajes, somos una asociación que tratamos de facilitar a los padres los temas relacionados con la adopción en la R. P. China. Lo que ANDENI hace respecto del viaje es programar los viajes en función de la mejor propuesta de las compañías aéreas y agencias de viajes, a las que se paga directamente, por lo que ANDENI no recibe cantidad alguna por estos conceptos.
                Si por contra, decidimos organizarlo por nuestra cuenta, ahora es el momento de contactar con las agencias de viajes. En la R. P. China se han especializado dos agencias en el tema de adopción, estas son la Agencia de la Mujer y el BLAS. Ambas funcionan de forma correcta y con experiencia, por lo que nuestro consejo es pedir un presupuesto a cada una de ellas y una vez decididos por la que más nos convence, dejar que ellas hagan su trabajo.

Los datos para contactar son los siguientes:

AGENCIA DE LA MUJER:
         All China Women's Federation / China Women Travel Service Head Office (international Travel Agency)
         Li Li /Manager of adoption Dept.

         103. Dong Si Nan Da Jie
         100010 Beijing (R. P. China)
          e-mail:
cwtsad@public2.east.cn.net / cwtsjl@public.east.net
          Telf: 00861065230804 - 00861065254272
          Fax: 00861065129021

BLAS:
         Bridge of Love Adoption Service
         4th floor, Zhongmin Building, nº 7
         Baiguang Road
        Wuanwu District
         Beijing (R.P. China)

         E-mail: blas@public3.bta.net.cn / blaszxb@163bj.com
         Telf: 00861063575792
         Fax: 00861063560227

El siguiente paso consiste en preparar la documentación que debemos llevar a la R. P. China. Primero debemos estar seguros de que ninguno de los documentos que enviamos estaba caducado antes de entrar en el centro de adopciones. En caso de que hubiese caducado (cosa difícil pues tienen una validad de 12 meses desde que se expiden hasta que entran en el centro de adopciones). Debemos obtenerlos de nuevo.
        En primer lugar tenemos que obtener el visado para poder viajar a la R. P. China. Este se obtiene en la Sección Consular de la Embajada de la R. P. China en Madrid, en el mismo lugar donde autenticamos todo nuestro expediente. Hay que aportar el pasaporte, dos fotografías y fotocopia de la última hoja donde aparecen vuestros datos. El coste es de 4.000 pts por visado y podéis obtener un impreso picando aquí. Recordad que su horario es de 10 a 13 h, los lunes, miércoles y viernes.Picando aquí podéis obtener el formulario para solicitar el visado.(Está en formato pdf, si no tenéis el programa Acrobat, lo podéis descargar gratuitamente picando aquí)
        Al tener el visado una validez de 3 meses os recomendamos que no lo solicitéis hasta que tengáis la asignación en la mano.
        En nuestro viaje también tenemos que llevar una copia del expediente (normalmente no se utiliza para nada, pero no está de más el llevarla), 4 ó 5 fotografías tipo carnet, 2 fotocopias del pasaporte, el certificado médico original del menor y el libro de familia. En el caso de los adoptantes solteros, este libro se creará en la propia Embajada de España en Beijing. La invitación oficial de la R. P. China para ir a recoger al menor, os la dará la agencia con la que viajéis.
         Aquellos que hayan tramitado por ECAI deben aportar también el certificado de idoneidad, que deberán solicitar en la Junta de Castilla y León. Para los que tramitan por libre no es necesario, pues la Embajada tiene una copia de dicho documento.
         IMPORTANTE: si una familia está adoptando como matrimonio y uno de los dos no puede viajar, es necesario llevar un poder notarial que se deberá legalizar como cualquier documento notarial. Además es conveniente llevarlo traducido.
         Además de esta documentación, hay que tener en cuenta otras cosas que os pueden ser de utilidad para preparar vuestro viaje y que encontraréis en este documento elaborado por ANDENI  y que se titula “Pequeñas recomendaciones de ANDENI ASOCIACIÓN para los padres que viajan a la R. P. China

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         LLEGAMOS A LA R. P. CHINA

¡Por fin hemos llegado a Beijing!.
           Nuestro/a hijo/a está tan cerca que casi podemos tocarlo/a.
           Nos quedan 14 días para volver a casa. ¿Qué es lo que nos encontraremos?
           Al salir de la zona de equipajes, encontramos a nuestro guía, que ya está esperándonos. Es un guía de habla castellana y tiene en su poder los billetes necesarios para coger el avión rumbo a la provincia de nuestros/as hijos/as. Como sabéis, la mayor parte de las adopciones tienen lugar fuera de Beijing.
           El guía nos facilitará el poder realizar los primeros cambios de moneda y de esta manera manejar los primeros yuanes. El cambio dólar – yuan suele ser de 8 yuanes por cada dólar.
           Durante todo el tiempo en el que estaremos en la R. P. China podremos realizar cambio de moneda en los propios hoteles, el coste será el mismo que si lo hacemos en los bancos.
           Una vez con yuanes en el bolsillo, volveremos a entrar en la zona de salidas del aeropuerto y tomaremos el vuelo hacia nuestra provincia de destino. Hay ocasiones en las que los horarios de llegada no son compatibles con nuestro nuevo vuelo y tenemos que hacer noche en Beijing.
           Dependiendo de la provincia a la que vayamos, nos acompañará el guía de Beijing o será uno nuevo el que nos espere en nuestro último destino.
           Ya se acerca el momento de conocer a nuestro/a hijo/a. Generalmente nos lo entregarán el mismo día de la llegada, bien en el hotel, bien en la oficina del Ministerio de Asuntos Civiles o incluso en la notaría. Esto depende de la provincia y orfanato en el que se encuentre. Lo que sí está claro es que desde ese momento no os volveréis a separar de vuestro/a hijo/a.
           Si os interesa conocer todo el proceso de tramitación en la R. P. China, picad aquí. No os agobiéis por lo que vais a encontrar, pues en todo el camino estaréis totalmente acompañados por vuestro guía, el cual os irá diciendo en cada momento qué, cuándo y dónde hay que ir.

           Las fases de las que consta son las siguientes:
         -          registro de la adopción
         -          constatar notarialmente la adopción
         -          obtención del pasaporte del menor
         -          legalización de la documentación en el Ministerio de Asuntos Exteriores Chino
         -          autenticación de la documentación el la Embajada Española en Beijing o en el Consulado General de España en  Shanghai (si la adopción ha tenido lugar en las provincias de Shanghai, Jiangsu y Zhejiang). Aquí también tendrá lugar la inscripción de la adopción en el libro de registro de la Embajada y en vuestro libro de familia
         No os penséis que vuestra estancia en China va a estar rodeada únicamente de papeles y más papeles. Tendréis tiempo más que suficiente para  disfrutar del país de vuestros/as hijos/as. Aprovechadlo porque os aseguramos que os quedará un recuerdo imborrable.
         Una vez que habéis concluido la tramitación tanto en la provincia, como en Beijing, vuestro guía os llevará al aeropuerto, donde, con un miembro más de la familia, cogeréis el avión rumbo a casa.

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        POR FIN ESTAMOS EN CASA

              ¡YA ESTAMOS EN CASA!.
            Por fin nos encontramos en nuestro ambiente y con nuestro/a hijo/a en brazos. Nos olvidamos de todo lo que hemos pasado, de los papeleos, de las esperas, de las ansias de que corra el tiempo más deprisa, de..... ahora nos toca disfrutar.
            No obstante tenemos que tener en cuenta una serie de cosas que nos quedan por hacer.
            En primer lugar tenemos que inscribir a nuestro/a hijo/a dentro de nuestro seguro médico. Normalmente no hay ningún tipo de problema y con la hoja que nos dan en la Embajada de España en Beijing donde figuran los datos del registro de la adopción es suficiente. No obstante os podéis informar en cada una de vuestras provincias por si os exigieran algún documento más.
            En segundo lugar hay que solicitar la baja maternal, acudid a las oficinas correspondientes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Os pedirán la hoja de registro de la adopción y el acta notarial de la misma, dado que a partir de esta fecha es cuando entrará en vigor dicha baja. No obstante, desde la entrada en vigor de la “ley 39/1999, de 5 de noviembre para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras”, la baja maternal por adopción se puede adelantar hasta en 4 semanas para todas las adopciones internacionales, con el fin de facilitar el viaje de los padres.
            En tercer lugar hay que notificar al servicio territorial de Sanidad y Bienestar de vuestra provincia que ya habéis regresado con vuestro/a hijo/a, con el fin de que tomen nota de ello y lo incluyan en vuestro expediente de adopción.
            Otros trámites que también hay que realizar poco a poco son el empadronamiento del menor, el traslado del registro de nacimiento del menor desde el Registro Civil Central (este trámite no es obligatorio, simplemente facilita la obtención del certificado de nacimiento cuando lo necesitemos para cualquier trámite),....
            Por último, la ley nos permite realizar un doble registro del nacimiento de nuestro/a hijo/a. En el primero figurará todo lo relativo a la adopción y sólo podrá acceder a él el menor, y las personas autorizadas. En el segundo registro no figurará ningún dato respecto de la adopción y ya será de acceso público.

           
SEGUIMIENTO DE LOS MENORES ADOPTADOS
            Al realizar la solicitud de adopción, nos comprometemos a realizar los seguimientos exigidos por el país de origen del menor adoptado.
            En el caso de la R. P. China son dos los que nos tienen que hacer, uno a los seis meses desde vuestro regreso a casa y otro al año.
            Los costes de estos informes de seguimiento corren a cargo de la Junta, que hace unos años asumión una de las reivindicaciones que siempre había mantenido ANDENI.
            Lo que sí tendréis que hacer es incluir junto con el informe correspondiente un cheque de 40 dólares a nombre de BLAS para realizar la traducción.
            Estos informes han de incluir los siguientes datos:
            - Nombre original chino del menor
            - Nombre que tiene en España
            - Fecha de nacimiento
            - Nombre del organismo que dio al menor en adopción
            - Dos fotografías recientes
            - Estado de salud en el momento de la adopción
            - Nombre de los padres adoptivos, dirección y organismo competetente ante el que formularon la solicitud de adopción
            - Fecha de desplazamiento a la R. P. China para formalizar la adopción y número de la invitación oficial para viajar.

            - Informe del estado del menor: desarrollo intelectual, estado de salud, tratamiento que recibe (si estuviese enfermo o discapacitado), establecimiento de vínculos y adaptación a la familia, educación, aclimatación, etc...
            ANDENI Castilla y León lleva mucho tiempo solicitando, entre otras cosas, el que los informes de seguimiento sean gratuitos al igual que los que se realizan en periodo pre-adoptivo con los menores adoptados en España.
            En la actualidad, después de varios informes a favor del Procurador del Común de Castilla y León, la Gerencia de Servicios Sociales está estudiando el asumir estos costes.

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